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Juicio por Alcoholemia

Juicio por Alcoholemia

Queremos explicarte el asunto de manera sencilla. En otros artículos, los abogados se olvidan de que los lectores no son expertos en derecho. Por lo tanto, te explicaremos paso a paso y de forma sencilla como será el día de tu juicio rápido desde el principio.

1. Llegamos al juzgado

Quedaremos con nuestro abogado en la puerta del juzgado de tu localidad, con tiempo suficiente para hablar con él de nuestro caso y de atravesar los controles de seguridad del juzgado. Él nos acompañará al pasillo donde se encuentre el tribunal que nos hayan asignado.

2. El abogado obtiene el atestado policial

Una vez hayamos llegado, los funcionarios le entregarán a tu abogado el atestado policial de lo que ocurrió el día que te practicaron el test. El atestado recogerá los hechos que ocurrieron este día, así como las impresiones de los agentes (si tenías mirada vidriosa, aliento etílico, habla balbuceante, etc). En este momento nuestro abogado podrá comprobar que no existe ningún error en el atestado policial que pudiera ayudar para luchar por tu inocencia.

3. Conversación con tu abogado

En este momento nuestro abogado tendrá toda la información disponible para decidir si es más conveniente negociar con el fiscal o acudir a juicio. Él te dirá su opinión, pero nosotros consideramos que tu debes entender tus opciones y las consecuencias, para así ayudar al abogado a elegir la mejor opción para tus intereses. Hay que decidir si vamos a juicio o negociamos un acuerdo de conformidad.

4. Negociación con el fiscal

Por medio de esta negociación intentaremos evitar la pena de cárcel y sustituirla por pena de multa. A su vez también negociaremos con el fiscal que la pena de multa sea lo más reducida posible, sobre todo si tu situación económica no atraviesa su mejor momento. Lo último que se negociará, también muy importante, es el tiempo de retirada de carné. Recuerda el beneficio de negociar una conformidad: nos reducirán un tercio de la pena de cárcel o multa, así como de la pena de retirada de carné.

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Si encontramos un motivo para pelear por tu inocencia, lo hablamos contigo y decidimos que el juicio es la mejor opción, no se negociará con el fiscal y entraremos a la sala. Se interrogará a los agentes intervinientes y pondremos sobre la mesa todas las pruebas en las que basamos tu inocencia. Tras unos meses, nos llegará la sentencia que decidirá tu inocencia o tu condena. Debes tener en cuenta que si vamos a juicio nunca se pedirá la pena mínima para ti ni podrás acogerte a la reducción de un tercio de la condena. Por ejemplo: la pena de retirada de carné es de 1 a 4 años. Por lo tanto, si vamos a una conformidad, si tu caso es leve, negociaríamos con el fiscal 1 año de retirada y con la reducción de un tercio se te quedaría en 8 meses. Si vamos a juicio, ya no se pediría el mínimo ni podríamos coger el tercio de reducción. Por lo tanto, la pena mínima si vamos a juicio sería de 1 año y medio o incluso 2 años.

6. CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA

En caso de llegar a un acuerdo de conformidad o de haber sido condenado llega el momento ejecutar el acuerdo o la sentencia, es decir, cumplir con las obligaciones que te ha impuesto el juez. Tendremos que pagar la multa que nos impondrá el juez en el número de cuenta que te facilitará el juzgado (de golpe o mensualmente), y cumplir con la pena de retirada de carné. Para ello podremos optar en depositar el carné de conducir en el juzgado el mismo día del acuerdo de conformidad o esperar a que el juzgado nos requiera mediante carta certificada para que depositemos allí el carné, en el día que ellos determinen. A partir del día siguiente a que lo deposites empezará a correr el cómputo, y cuando pase el tiempo establecido podrás pasar de nuevo por el juzgado para recuperar el carné.

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