guía alcoholemia
Todo lo que necesitas saber sobre un
juicio rápido por alcoholemia
Sabemos cómo te sientes y que estás pasando por una de las peores experiencias de tu vida. La policía te ha practicado un test y has dado más de 0.60. Te han imputado un DELITO DE ALCOHOLEMIA. Es muy posible que te hayan detenido, incluso puede que una grúa se haya llevado tu coche, hayas pasado unas cuantas horas en comisaría, hayas compartido calabozo con delincuentes comunes y hayas salido por la mañana con tu citación para un juicio rápido en la mano, triste y con todas las dudas del mundo en tu cabeza.
Sabemos que estás pensando en cómo se lo vas a decir a tu padre, a tu novio, a tu mujer… Y lo que es más importante: ¿Voy a ir a la cárcel? ¿Voy a tener que pagar miles de euros? ¿Cuántos años voy a estar sin carnet de conducir? ¿Cómo voy a ir el lunes al trabajo?
No queremos engañarte, tienes un problema, uno grave. Presuntamente has cometido un delito, esto no es una multa por botellón, o por aparcar en zona de minusválidos. Nos encontramos ante un DELITO, que puede conllevar graves consecuencias. Seguro que has buscado en 1000 páginas web qué va a pasar contigo sin encontrar una respuesta que se adapte a tu caso, solo encuentras artículos y palabrejas jurídicas que no solucionan tu problema. Esto es así porque cada caso es un mundo, y es difícil dar una respuesta sin conocer todos los datos de tu situación. De todas formas, intentaremos darte una respuesta aproximada y coloquial a tu pregunta: ¿Qué me va a pasar a partir de ahora?
¿Qué va a pasar a partir de ahora?
Como hemos dicho antes, es posible que te hayan dado la citación para tu juicio el día que se produjo el control de alcoholemia o el accidente, si es el caso. De no ser así, la otra forma más común de recibir la citación es por carta certificada a tu domicilio. Una vez tengas la citación en tu poder hay dos opciones:
1. Delito de alcoholemia sin accidente
En este caso, el más común, el procedimiento judicial es más sencillo y puede que seas citado incluso la misma semana en la que se haya producido el control de alcoholemia. Se celebrará un juicio rápido o se llegará a un acuerdo de conformidad con el fiscal, que evitará que se celebre el juicio. En ambos casos es obligatorio ser asistido por un abogado.
EN LA PRÁCTICA: no queremos engañarte, es muy difícil ganar un juicio por alcoholemia, solo se podría en casos muy particulares, que explicaremos al final de la guía (si tienes curiosidad sigue leyendo). Esto es así porque los agentes de policía cuentan con una prueba muy poderosa: dos test de alcoholemia positivos. Por norma general esta será la única prueba que el juez tomará en consideración, junto con la declaración de los agentes de la autoridad intervinientes.
Por lo tanto, lo más inteligente es llegar a un acuerdo de conformidad con el fiscal. Por medio de este acuerdo negociaremos con el fiscal la condena más baja posible. Ahí es donde entra en juego un buen abogado especialista en alcoholemias con respecto a otros abogados, pues estamos acostumbrados a negociar con los fiscales y nos aseguraremos de que tu condena sea la mínima para tu caso concreto. Además, solo por el hecho de llegar a un acuerdo con el fiscal y no tener que llegar a juicio, la condena que te impongan se reducirá en un tercio. Por ejemplo: si te condenan a un año sin carnet, con la reducción de un tercio, se quedaría una pena de 8 meses sin carnet.
2. Delito de alcoholemia con daños personales o materiales
En este caso nos referimos a que te han realizado el test de alcoholemia de manera posterior a que hayas tenido un accidente de tráfico por el que se hayan producido daños personales (ocupantes de otro vehículo o peatones) o materiales (a otros vehículos o mobiliario urbano). De nuevo volverás a recibir una citación físicamente o en tu domicilio, pero esta vez la citación no será para la celebración de un juicio rápido sino para tomarte declaración de lo ocurrido, aunque quizás tu abogado considere que no es conveniente que declares. Para este caso es posible que el juicio sea más de un año después desde la producción del accidente porque tendrán que declarar los perjudicados y se tendrán que cuantificar los daños producidos.
¿Por qué necesito contratar a eventus abogados?
Los motivos para confiar en nosotros son múltiples y te aseguramos que no te arrepentirás de contratar nuestros servicios:
- Somos abogados especialistas en delitos de alcoholemia y contra la seguridad vial. Este tema es importante para ti y tienes que confiar en los mejores profesionales. Lucharemos por tu inocencia o negociaremos la condena mínima en penas de cárcel, multas económicas y tiempo de retirada de carné.
- Si no tienes un abogado se te asignará uno de oficio. Es cierto. Lo que no sabías es que, si tienes medios económicos suficientes, el abogado de oficio podrá cobrarte sus honorarios y te aseguramos que serán muy superiores al precio cerrado, sin sorpresas y low cost que pedimos en EVENTUS Abogados.
- De hecho, aunque te concedan un abogado de oficio, si tu situación económica mejora en los siguientes 3 años a la terminación del procedimiento, el abogado de oficio podrá pasarte su factura.
- Pese a la gran profesionalidad que existe entre los abogados de oficio, lo cierto es que algunos abogados no tratan de la misma forma a un cliente del Turno de Oficio que a un cliente privado. Nosotros te ofrecemos disponibilidad física y telefónica inmediata y siempre estaremos a tu lado para acompañarte en el procedimiento y resolver todas tus dudas.
- Ponemos a tu disposición un teléfono de emergencia para que puedas comunicarte con nosotros en cualquier momento. En muchas ocasiones el control o el accidente se produce un viernes y no puedes contactar con un abogado hasta el lunes, si es que te dan cita, para consultar todas las dudas y temores que tienes. Tenemos, por nuestra experiencia, la empatía necesaria para tranquilizarte e informarte en este momento tan desagradable.
Un error lo tiene cualquiera. En EVENTUS Abogados a sabemos que no eres un delincuente, somos un equipo joven, hemos pasado por lo mismo que tú y sabemos que necesitas una persona que entienda tu problema y que te ayude a resolverlo. No necesitas alguien que te prejuzgue y te mire por encima del hombro. Si depositas tu confianza en nosotros sabremos tratarla como se merece.
Juicio rápido por alcoholemia
Queremos explicarte el asunto de manera sencilla. En otros artículos, los abogados se olvidan de que los lectores no son expertos en derecho. Por lo tanto, te explicaremos paso a paso y de forma sencilla como será el día de tu juicio rápido desde el principio.
1. Llegamos al juzgado
Quedaremos con nuestro abogado en la puerta del juzgado de tu localidad, con tiempo suficiente para hablar con de nuestro caso y de atravesar los controles de seguridad del juzgado. Él nos acompañará al pasillo donde se encuentre el tribunal que nos hayan asignado.
2. El abogado obtiene el atestado policial
Una vez hayamos llegado, los funcionarios le entregarán a tu abogado el atestado policial de lo que ocurrió el día que te practicaron el test. El atestado recogerá los hechos que ocurrieron este día, así como las impresiones de los agentes (si tenías mirada vidriosa, aliento etílico, habla balbuceante, etc). En este momento nuestro abogado podrá comprobar que no existe ningún error en el atestado policial que pudiera ayudar para luchar por tu inocencia.
3. Conversación con tu abogado
En este momento nuestro abogado tendrá toda la información disponible para decidir si es más conveniente negociar con el fiscal o acudir a juicio. Él te dirá su opinión, pero nosotros consideramos que tu debes entender tus opciones y las consecuencias, para así ayudar al abogado a elegir la mejor opción para tus intereses. Hay que decidir si vamos a juicio o negociamos un acuerdo de conformidad.
4. Negociación con el fiscal
Por medio de esta negociación intentaremos evitar la pena de cárcel y sustituirla por pena de multa. A su vez también negociaremos con el fiscal que la pena de multa sea lo más reducida posible, sobre todo si tu situación económica no atraviesa su mejor momento. Lo último que se negociará, también muy importante, es el tiempo de retirada de carné. Recuerda el beneficio de negociar una conformidad: nos reducirán un tercio de la pena de cárcel o multa, así como de la pena de retirada de carné.
5. Juicio rápido
Si encontramos un motivo para pelear por tu inocencia, lo hablamos contigo y decidimos que el juicio es la mejor opción, no se negociará con el fiscal y entraremos a la sala. Se interrogará a los agentes intervinientes y pondremos sobre la mesa todas las pruebas en las que basamos tu inocencia. Tras unos meses, nos llegará la sentencia que decidirá tu inocencia o tu condena. Debes tener en cuenta que si vamos a juicio nunca se pedirá la pena mínima para ti ni podrás acogerte a la reducción de un tercio de la condena. Por ejemplo: la pena de retirada de carné es de 1 a 4 años. Por lo tanto, si vamos a una conformidad, si tu caso es leve, negociaríamos con el fiscal 1 año de retirada y con la reducción de un tercio se te quedaría en 8 meses. Si vamos a juicio, ya no se pediría el mínimo ni podríamos coger el tercio de reducción. Por lo tanto, la pena mínima si vamos a juicio sería de 1 año y medio o incluso 2 años.
6. Cumplimiento de la condena
En caso de llegar a un acuerdo de conformidad o de haber sido condenado llega el momento ejecutar el acuerdo o la sentencia, es decir, cumplir con las obligaciones que te ha impuesto el juez. Tendremos que pagar la multa que nos impondrá el juez en el número de cuenta que te facilitará el juzgado (de golpe o mensualmente), y cumplir con la pena de retirada de carné. Para ello podremos optar en depositar el carné de conducir en el juzgado el mismo día del acuerdo de conformidad o esperar a que el juzgado nos requiera mediante carta certificada para que depositemos allí el carné, en el día que ellos determinen. A partir del día siguiente a que lo deposites empezará a correr el cómputo, y cuando pase el tiempo establecido podrás pasar de nuevo por el juzgado para recuperar el carné.
Casos especiales
1. Necesito el coche para trabajar
Si te encuentras en esta situación porque eres taxista, camionero, comercial o simplemente consideras que el carné de conducir es IMPRESCINDIBLE para desarrollar tu actividad laboral, podemos plantear al juzgado que te haga un plan específico y personalizado de cumplimiento de condena. Por ejemplo, eres conductor de autobuses y tu horario laboral se desarrolla de lunes a viernes. Por lo tanto, podríamos solicitar que cumplieras tu condena durante los fines de semana, festivos y vacaciones. Podrías desarrollar tu trabajo con normalidad, pero tardarías mucho más tiempo en finalizar tu condena. Queremos decirte que este plan de cumplimiento es para casos especiales y no es aceptado en muchos tribunales, por lo tanto, necesitarás un profesional en delitos de alcoholemia para tratar de obtener el plan de cumplimiento que mejor se adapte a ti.
Otra opción sería, en vez de negociar un acuerdo, acudir a juicio y posteriormente recurrir la sentencia, si no es favorable. Esta opción, entre otras cosas, servirá para ganar un tiempo muy valioso, durante el que puedes seguir conduciendo, y que te dará margen para poder replantearte otras opciones laborales.
2. Soy extranjero en trámites para obtener la nacionalidad, permiso de residencia o de trabajo
Si este es tu caso tienes un problema más grave si cabe, pues estamos hablando de que has cometido un delito que hará que tengas antecedentes penales, lo que en muchos casos es un impedimento para obtener estos permisos. Por lo tanto, de forma diferente a lo que ocurre en otros casos, en tu situación puede que sea conveniente alargar el procedimiento lo máximo posible, aunque tu condena sea más alta con el fin de que consigas tu nacionalidad o permiso de residencia antes de conocer el resultado de tu juicio. En EVENTUS somos especialistas en este tipo de casos. Por lo tanto, deberías confiar en nosotros y no poner en peligro tus opciones de obtener la nacionalidad o permiso de residencia o trabajo.
¿Como luchar por mi inocencia?
Existen varias formas de luchar por tu inocencia, aunque te recordamos que esta opción es muy complicada. De hecho, aunque concurra alguna de estas causas, en algunos casos la policía refleja en el atestado que tenías dificultades para caminar de forma fluida, conducción irregular, habla balbuceante, aliento etílico o varias razones que pueden conllevar que seas condenado, aunque no sobrepases los límites etílicos establecidos. De todas formas, existen posibilidades luchar por tu inocencia si concurre alguno de los siguientes casos:
A) Error en el atestado policial: Aunque no es común que los agentes de la autoridad que te practicaron el test de alcoholemia y redactaron el atestado lo hagan de forma defectuosa, existen casos en los que es así. El error más común es que no hayan anotado de forma correcta el tiempo trascurrido entre la práctica del primer y el segundo test de alcoholemia que te practicaron, por lo que los resultados no serán tomados en cuenta y por lo tanto podremos luchar por tu inocencia.
B) Error en el etilómetro: Los etilómetros son los aparatos que usa la policía para medir el nivel de alcohol que tienes en tu cuerpo. Éstos deben pasar una revisión periódica que certifique que están en buen estado y que funcionan con precisión. Este aspecto también lo observará nuestro abogado cuando examine el atestado policial.
C) Margen de error de los etilómetros: Está ampliamente reconocido por los tribunales en España que los etilómetros que usa la policía tienen un cierto margen de error según el modelo de etilómetro que usen para ti. Por lo tanto, si alguna de las pruebas que te realizan están en un límite razonable podemos intentar luchar para que el delito se convierta en una sanción administrativa que no conlleve pena de cárcel ni retirada de carné de conducir.
D) Curva de alcoholemia o curva Widmark: Cuando consumimos alcohol, la curva de alcohol es ascendente. El pico máximo de “borrachera” lo alcanzamos a la media hora de ingerir el último trago. A partir de ese punto, la curva comienza a bajar hasta que eliminamos todo el alcohol de nuestro organismo. Cuando te paran en un control de alcoholemia, a veces tardan varios minutos en hacerte el test. Pues bien, si la segunda prueba que te practica la policía ofrece un resultado superior al primero quiere decir que la curva de alcoholemia estaba ascendiendo en el momento que te practicaron la prueba. Por tanto, si el resultado de la primera prueba está en un margen aceptable, próximo al 0.60 que marca la ley, cabe la posibilidad de que en el momento que te pararon, tu nivel de alcohol estuviera dentro de los márgenes que dicta la ley o, al menos, que no esté tipificado como delito.
E) Medicamentos o tratamientos médicos: Pese a que no es lo más común, lo cierto es que existen determinados medicamentos que tienen contenido etílico, u otros que pueden alterar el los resultados del test de alcoholemia en algún porcentaje. Quizás estos medicamentos, por si solos, no vayan a producir un positivo en el test, pero si que podrían marcar la diferencia entre que tu positivo se considere delito o simplemente una infracción administrativa. Los siguientes medicamentos podrían potenciar los efectos del alcohol:
- Bromfeniramina (Ilvico)
- Bupropion (Zyntabac, Elontril)
- Clomipramina (Anafranil)
- Clorpromazina (Largactil)
- Dextrometorfano (Romilar)
- Difenhidramina (Bisolvon antitusivo compositum y otros)
- Doxilamina (Cariban, Dormidina y otros)
- Ibuprofeno
- Naproxeno
- Ofloxacino (Surnox)
- Prometazina (Actithiol antihistamínico, Fenergan expectorante)
- Quetiapina (Seroquel)
- Ranitidina
- Sertralina
- Tioridazina
- Trazodona (Deprax)
- Venlafaxina
- Verapamil
Eventus abogados
Calle Manresa, 1, 10A, 30004
Lunes a Viernes de 09:00 a 20:00
Tel: 968 214 651
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